La Subsecretaria de Registro del Estado Civil y Personería Jurídica resolvió en su artículo 1 RECHAZAR el pedido de impugnación de la Asamblea Extraordinaria celebrada el pasado 6 de Noviembre de 2020 por el club solicitante Gimnasia y Tiro.
La Inspección General de Personería Jurídica analizó que “No se observó la presencia de vicio alguno en el procedimiento llevado adelante por la Liga Salteña de Fútbol para celebración de la asamblea extraordinaria realizada por plataforma digital atento a la totalidad de la documentación presentada”.
Además, Personería Jurídica resolvió que “del análisis puntual de cada uno de los artículos reformados del estatuto social, no surge que la Liga se convierta en una entidad desarrolladora inmobiliaria y financiera tal como lo manifiesta el impugnante (GyT)”.
En relación al adelantamiento de las elecciones, punto del orden del día de la asamblea extraordinaria, Inspección Gral de Personería Jurídica resolvió que no existe fundamento legal para pasar por encima de la voluntad de los asociados en este punto, porque si ha reunido el quorum para aprobar dicho punto, es una cuestión interna de la entidad que en nada influye con los terceros ni con el orden público comprometido.
Finalmente, la resolución expresa que “El impugnante (GyT) cuestiona la administración y los ingresos económicos percibidos en los últimos ejercicios por la Liga Salteña de Fútbol. Cabe destacar que se observa una conducta contraria a la manifestada en la Asamblea Ordinaria celebrada el pasado 6 de noviembre de 2020, en donde GyT no realiza en ningún momento objeción alguna ni consideración al respecto del ejercicio económico y memoria por el período 2019, y que no solo realizó ningún cuestionamiento sino que además el impugnante voto en forma positiva”.
La Liga Salteña de Fútbol presentó ante la Justicia un pendrive con las grabaciones de la Asamblea para demostrar que no hubo irregularidades, las notificaciones y reuniones que se hicieron previa a la Asamblea, en donde hubo boletines informativos y mensajes telefónicos a los responsables de los distintos clubes.
En definitiva, Inspección Gral de Personerías Jurídicas resolvió rechazar la impugnación y avalar la Asamblea de la Liga Salteña de Fútbol.